HISTORIA

Historia del Ombudsman en el mundo


Regresar a la Página Principal.

ANTECEDENTES HISTÓRICOS:

La figura del Ombudsman 

La figura del Ombudsman como institución aparece por primera vez en la Constitución Sueca de 1809. Lo nombra el Parlamento, aunque actúa con total independencia, y su misión es la de proteger los derechos del pueblo y vigilar la actuación de las autoridades.

Petición de persona 

El Ombudsman interviene a petición de otra persona y sin interés propio en el asunto por el que interviene.

Fuente de inspiración o Está inspirado en la teoría de Montesquieu que considera necesaria la división de poderes, para que no se concentren en una sola persona, y el Ombudsman no se vea dominado por el ejecutivo, por otra parte que la sociedad vigile el desempeño de las autoridades, evitando con ello la corrupción y otros males sociales.

Sin funciones ejecutivas 

En Suecia el Ombudsman puede proponer modificaciones acerca de la organización o de la normatividad, supervisar a las autoridades estatales y municipales, exigir que le informen sobre la actuación relacionada con la recomendación que él haya hecho. Sin embargo, en todo el mundo está desprovisto de atribuciones ejecutivas.

Perfil de Ombudsman: 

·         Ser un prestigiado jurista.

·         Una persona íntegra, honorable e imparcial. 

·         Dedicado de tiempo completo a la función encomendada, por tanto, no debe ocupar otro cargo, especialmente como autoridad o político.

Función: 

·         La persona que considera que ha sido afectada por algún acto de la autoridad, de manera personal presenta su inconformidad y los documentos que respaldan la denuncia.

·         Con base en ello, el funcionario realiza las investigaciones necesarias y emite una recomendación, que repare, en la medida de lo posible, la violación a las normas jurídicas.

·         Rendir un informe anual al Parlamento, en el caso del Ombudsman Sueco.


Historia del surgimiento del Ombudsman en el mundo:

·         1809 Suecia. La posición geográfica, el aislamiento cultural y lingüístico fueron barreras que dificultaron la rápida difusión de la figura del Ombudsman. 

·         1920 Finlandia.

·         1952 Noruega. A partir de la posguerra existe un renovado interés por proteger los derechos humanos y la participación ciudadana, lo que favoreció la difusión de esta Institución. El prestigio de sus representantes, fue la mejor forma de expansión del Ombudsman.

·         1954 Dinamarca.

·         1959 República Federal Alemana.

·         1962 Nueva Zelanda. Está inspirada en el modelo danés y durante mucho tiempo los juristas y analistas estudiaron las bondades del modelo, que tuvo con éxito en todas las democracias desarrolladas.

·         1966 Estados Unidos. En total son 39 Ombudsman. En virtud del sistema federal de los Estados Unidos, debe existir un Ombudsman para cada Estado y otro para el gobierno federal. Dado que el Ombudsman sólo hace recomendaciones y no tiene facultades ejecutivas o judiciales, no se dan confusiones en la aplicación pero sí puede ocurrir que en ambos niveles estatal y federal se reciban las quejas. Algo similar ocurre en Australia. La solución radica en que los Ombudsmen están en permanente contacto, remiten la queja a quien corresponde y lo comunican al interesado. El término Ombudsman en Estados Unidos se emplea para designar cualquier tipo de oficinas de reclamación.

·         1967 Gran Bretaña. Para evitar burocratizar y atender un número excesivo de casos, se puso el requisito de que el Ombudsman sólo podrá aceptar los casos que envíen los miembros del parlamento. Esto restringe la misión del Ombudsman. o Canadá. Los gobiernos provinciales ejercen un fuerte control sobre la administración y la independencia de que debe gozar el Ombudsman es difícil de alcanzar. Su nombramiento proviene del gobierno y sus funciones son muy limitadas, comparadas por ejemplo con Suecia.

·         1971 Austria. 

·         Australia. Su proyecto está inspirado en la Ley de Nueva Zelanda. 

·         Israel.  

·         Suiza 

·         India. Es el lugar con mayor población y con una jurisdicción más amplia. Un Estado Federal de la India con una población total de más de 110 millones de habitantes.

·         1973 Francia. Con el nombre de "mediador" y con un sistema de filtro, similar al de Gran Bretaña, inició el Ombudsman, de manera controvertida. Actualmente se ha extendido a una variedad de organismos, como por ejemplo el Ombudsman ejecutivo de París, nombrado por el alcalde de la ciudad.

·         1974 Italia. De Europa es donde más se ha desarrollado el concepto. Inicia dentro de los gobiernos regionales. Las presiones y dificultades políticas no son obstáculo para que el Ombudsman sea políticamente neutral e independiente. Se basa en el modelo escandinavo y las quejas pueden enviarse directamente, sin intermediario alguno.

·         1975 Portugal. Se basa en el modelo escandinavo y las quejas pueden enviarse directamente, sin intermediario alguno.

·         1978 España. Las Cortes Generales designan al Defensor del Pueblo, para los derechos humanos y supervisor de la actuación de las autoridades administrativas. La investigación de quejas la puede hacer a solicitud de los miembros del Congreso y del Senado, y por su propia iniciativa.

·         1979 Holanda

·         1980 Ghana y Perú

·         1982 Costa Rica

·         1983 Irlanda

·         1983 Japón. Influido por los modelos británicos y francés, no se apega a la institución clásica del Ombudsman en la cual es independiente del Parlamento y sus miembros no pueden influir en las decisiones de casos particulares.

·         1985 Guatemala

·         1987 Polonia

·         1990 Camerún

México:
El antecedente se remonta a 1847, en el Estado de San Luis Potosí, a través de la Ley de Procuraduría de Pobres, que se ocupaba de la defensa de personas desvalidas que hubieran sufrido agravios por parte de alguna autoridad, con facultades para denunciar y solicitar la reparación que correspondiera.
1975 Procuraduría Federal del Consumidor. Atiende conflictos de particulares con prestadores de servicios.

México, UNAM.
1985 Defensoría de los Derechos Universitarios. Universidad Nacional Autónoma de México. La Defensoría de los Derechos Universitarios es un órgano de carácter jurídico cuya finalidad es la de velar por la observancia de las disposiciones legales que norman la estructura y funcionamiento de la Universidad Nacional Autónoma de México, vigilancia que se traduce específicamente en el conocimiento de conflictos de carácter individual que se susciten entre las autoridades y el personal académico y los estudiantes, para tutelar y procurar el respeto de los Derechos Académicos que les concede la Legislación Universitaria.
Dentr
o de la Universidad existen diversas instancias encargadas de dar solución a los conflictos que de diferente naturaleza, se presentan entre las autoridades universitarias, personal académico y estudiantes; esas instancias son entre otras el Tribunal Universitario, los distintos cuerpos colegiados académicos y los sindicatos; la Defensoría además, dentro de la competencia que le fija su Estatuto, la tiene también para vigilar que aquellas instancias observen la Legislación Universitaria al resolver dichos conflictos conforme a sus procedimientos establecidos.

México



México, Universidad de Guanajuato

1995 Procuraduría Universitaria de los Derechos Académicos.


Se distingue en ser la primer Universidad estatal de la República Mexicana que cuenta con una Procuraduría Universitaria de los Derechos Académicos. La Procuraduría Universitaria tiene como finalidad vigilar que se cumpla con las disposiciones que establece la Legislación Universitaria para profesores y alumnos, intervenir en caso de que se le informe de conflictos entre alumnos y profesores con la autoridad, buscando la conciliación de los interesados con apego a la normatividad universitaria.
En el año de 1994 queda incorporada, como producto de la consulta a la comunidad, esta inquietud en
la Ley Orgánica de la Universidad, en el artículo 38, que afirma "El Consejo Universitario integrará con miembros del personal académico, de reconocida imparcialidad, un organismo defensor de los derechos de los alumnos y profesores en el ámbito académico. Su composición y funcionamiento se establecerán en el reglamento que para tal efecto se expida".

Inicio de funciones 9 de junio de 1995
En el mes de marzo del año 1995 queda aprobado el Reglamento por el Consejo Universitario, iniciando sus funciones
la Procuraduría Universitaria de los Derechos Académicos, con la designación de Procurador Titular el 9 de junio de ese mismo año.

Procuradores Titulares

Lic. Francisco Cuauhtémoc Ojeda Rodríguez 1995 - 1999

Lic. Guillermo Gerardo Siliceo Fernández 1999 - 2003

Lic. Guillermo Gerardo Siliceo Fernández 2003 – 2007

Lic. Claudia Patricia Begné Ruiz Esparza 2007 -

Procuradoras Adjuntas
Mtra. Carmen Vega Martín 1995 - 1999

Lic. Rosa María Ramos Torres 2000 - 2004

Lic. Rosa María Ramos Torres 2004 -

Secretarios Generales
Lic. Luis Felipe Guerrero Agripino 1995 - 1997

Arq. J. Jesús Gómez Álvarez 1997 - 1999

Lic. Elena Angelina Guerrero Franco 1999 -

 

Historial Estadístico al 2007

Tutela de Derechos Académicos 1996-2007

 

Consultas y asesorías

1996

1997

1998

1999

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

Totales

 

Alumnos

82

123

197

289

293

433

285

191

234

209

201

193

2730

 

Profesores

35

34

76

90

65

70

50

26

35

29

39

31

580

 

Autoridades

0

0

88

110

33

21

7

11

17

15

16

13

331

 

Padres de familia e Instituciones externas

0

0

19

17

6

20

19

6

22

13

7

11

140

 

Personal de Apoyo Académico

0

0

0

9

24

0

1

2

0

0

0

0

36

 

Totales

117

157

380

515

421

544

362

236

308

266

263

248

3817

Porcentaje respecto a:

 

1996

100%

34.19%

224.79%

340.17%

259.83%

364.96%

209.40%

101.71%

163.25%

127.35%

124.79%

111.97%

 

1997

 

100%

142.04%

228.03%

168.15%

246.50%

130.57%

50.32%

96.18%

69.43%

67.52%

57.96%

 

1998

 

 

100%

35.53%

10.79%

43.16%

-4.74%

-37.89%

-18.95%

-30.00%

-30.79%

-34.74%

 

1999

 

 

 

100%

-18.25%

5.63%

-29.71%

-54.17%

-40.19%

-48.35%

-48.93%

-51.84%

 

2000

 

 

 

 

100%

29.22%

-14.01%

-43.94%

-26.84%

-36.82%

-37.53%

-41.09%

 

2001

 

 

 

 

 

100%

-33.46%

-56.62%

-43.38%

-51.10%

-51.65%

-54.41%

 

2002

 

 

 

 

 

 

100%

-34.81%

-14.92%

-26.52%

-27.35%

-31.49%

 

2003

 

 

 

 

 

 

 

100%

30.51%

12.71%

11.44%

5.08%

 

2004

 

 

 

 

 

 

 

 

100%

-13.64%

-14.61%

-19.48%

 

2005

 

 

 

 

 

 

 

 

 

100%

-1.13%

-6.77%

 

2006

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

100%

-5.70%

 

 

Procuración de Derechos Académicos 1996-2007

 Inconformidades

1996

1997

1998

1999

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

Totales

Alumnos

8

3

6

5

7

7

3

8

19

12

12

6

96

Profesores

7

2

8

4

4

2

6

1

9

6

13

14

76

Totales

15

5

14

9

11

9

9

9

28

18

25

20

172

Porcentaje respecto a:

 

1996

100%

-66.67%

-6.67%

-40.00%

-26.67%

-40.00%

-40.00%

-40.00%

86.67%

20.00%

66.67%

33.33%

 

1997

 

100%

180.00%

80.00%

120.00%

80.00%

80.00%

80.00%

460.00%

260.00%

400.00%

300.00%

 

1998

 

 

100%

-35.71%

-21.43%

-35.71%

-35.71%

-35.71%

100.00%

28.57%

78.57%

42.86%

 

1999

 

 

 

100%

22.22%

0.00%

0.00%

0.00%

211.11%

100.00%

177.78%

122.22%

 

2000

 

 

 

 

100%

-18.18%

-18.18%

-18.18%

154.55%

63.64%

127.27%

81.82%

 

2001

 

 

 

 

 

100%

0.00%

0.00%

211.11%

100.00%

177.78%

122.22%

 

2002

 

 

 

 

 

 

100%

0.00%

211.11%

100.00%

177.78%

122.22%

 

2003

 

 

 

 

 

 

 

100%

211.11%

100.00%

177.78%

122.22%

 

2004

 

 

 

 

 

 

 

 

100%

-35.71%

-10.71%

-28.57%

 

2005

 

 

 

 

 

 

 

 

 

100%

38.89%

11.11%

 

2006

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

100%

-20.00%

 

 

 

Regresar a la Pág. Principal

Arriba