TRIGESIMA NOVENA.- La Universidad de Guanajuato podrá rescindir en cualquier tiempo la relación de trabajo, por causa justificada a los trabajadores que indebidamente aprovechen o hagan uso de los beneficios establecidos, y ejercitará ante los Tribunales las acciones que correspondan, y realizará todos los actos y gestiones que legalmente procedan, as! como contra quien cause daños o perjuicios a su patrimonio o trate de realizar cualquiera de los actos anteriores enunciados; asimismo se sancionará al trabajador con el pago del costo del servicio médico recibido, al obtener los servicios establecidos, sin tener el carácter de beneficiario de los mismos o derecho a ellos, mediante cualquier engaño, ya sea en virtud de simulaciones, substitución de personal o cualquier otro acto.

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