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El 10 de diciembre se ha instaurado como el día de los Derechos Humanos debido a que coincide con la fecha en que la Asamblea General de la ONU adoptó la Declaración Universal de Derechos Humanos hace casi setenta años. Este documento fue redactado por diversos representantes con distintos contextos sociales, culturales y jurídicos de todo el mundo, estableciendo que todas las personas tenemos la misma dignidad y valor, y por ello, merecemos que se nos respeten los derechos emitidos en esta Declaración.

Después de terminada la Segunda Guerra Mundial, se estableció la Declaración Universal de Derechos Humanos en 1948, inspirada en la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789.  La Declaración Universal de Derechos Humanos fue adoptada por la tercera Asamblea General de las Naciones Unidas, el 10 de diciembre de 1948 en París. Ninguno de los 56 miembros de las Naciones Unidas votó en contra del texto, aunque Sudáfrica, Arabia Saudita y la Unión Soviética se abstuvieron. (Humanium, 2017)

Para la Comisión Nacional de Derechos Humanos, éstos consisten en el conjunto de “prerrogativas sustentadas en la dignidad humana, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral de la persona” (CNDH, 2017) Si bien el respetar los derechos humanos es un deber de todos y todas, también es cierto que en las autoridades tienen la obligación de “de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos consignados en favor del individuo” (CNDH,2017). Los principios por los cuales las autoridades tienen que regirse son los de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, es decir que:

Los derechos humanos son para todas las personas por igual, que cada uno de éstos están unidos unos con otros, por tanto, el ejercicio de alguno implica el respeto y protección de los otros; son inherentes al ser humano y su dignidad y finalmente, implica una prohibición el retroceso de éstos por parte del Estado, además de que debe proveer y promover acciones que ayuden a que se cumplan en conformidad de lo establecido en la ley, los derechos humanos de todas las personas que se encuentren dentro del territorio del país.

Hay que resaltar, que, los Derechos Humanos se han clasificado bajo distintos criterios, dependiendo del contexto histórico en el que se han encontrado, además de las condiciones que atienden según su naturaleza, contenido y origen. Para fines prácticos y educativos, éstos se han dividido en tres generaciones:

La primera generación fue agrupada en derechos civiles y políticos; la segunda generación se agrupó en derechos económicos, sociales y culturales; en la tercera generación se tomaron en cuenta los grupos de personas o colectivos que tienen intereses en común. Sin embargo, actualmente se acepta la clasificación de los derechos humanos en civiles, económicos, sociales, culturales y ambientales; hay que resaltar que, si bien existen clasificaciones, no hay una jerarquía que diga cuáles son más importantes, pues todos son igual de relevantes y necesarios.

Los derechos humanos son los siguientes:

  • Derecho a la vida
  • Derecho a la igualdad y prohibición de discriminación
  • Igualdad entre mujeres y hombres
  • Igualdad ante la ley
  • Libertad de persona
  • Derecho a la integridad y seguridad personales
  • Libertad de trabajo, profesión, industria o comercio
  • Libertad de expresión
  • Libertad de conciencia
  • Libertad de imprenta
  • Derecho a la libertad de tránsito y residencia
  • Libertad de asociación, reunión y manifestación
  • Libertad religiosa y de culto
  • Derecho de acceso a la justicia
  • Derecho a la irretroactividad de la ley
  • Derecho de audiencia y debido proceso legal
  • Principio de legalidad
  • Seguridad jurídica en materia de detención
  • Seguridad jurídica para los procesados en materia penal
  • Derechos de la víctima u ofendido
  • Seguridad jurídica en las detenciones ante autoridad judicial
  • Seguridad jurídica respecto de la imposición de sanciones y multas
  • Seguridad jurídica en los juicios penales
  • Derecho a la inviolabilidad del domicilio
  • Derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas
  • Derecho a la propiedad
  • Derechos sexuales y reproductivos
  • Derecho de acceso a la información
  • Derecho a la protección de datos personales
  • Derecho de petición
  • Derecho a la ciudadanía
  • Derecho a la reparación integral y a la máxima protección
  • Derecho a la salud
  • Derecho a la vivienda
  • Derecho al agua y saneamiento
  • Derecho a la alimentación
  • Derecho a un medio ambiente sano
  • Derecho a la identidad y al libre desarrollo de la personalidad
  • Derechos de los pueblos y comunidades indígenas
  • Derechos agrarios
  • Derecho de acceso a la cultura
  • Derecho a la cultura física y al deporte
  • Derecho al trabajo
  • Derechos en el trabajo
  • Derecho a la seguridad social
  • Derechos de las niñas, niños y adolescentes
  • Derechos de las personas con discapacidad
  • Derechos de las personas adultas mayores
  • Derechos de las personas migrantes
  • Derecho a la reparación integral del daño
  • Derecho a la reparación por violaciones a los derechos humanos
  • Derecho a la verdad

 

Referencias:

Comisión Nacional de Derechos Humanos (2017).  Comisión Nacional de Derechos Humanos. CNDH
www.cndh.org.mx

Humanium (2017). Derechos Humanos. Humanium
www.humanium.org/es/derechos-humanos-1948

Organización de las Naciones Unidas (2017). Día de los Derechos Humanos. ONU
www.un.org/es/events/humanrightsday

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