CUADRAGESIMA.- Toda vez que los pensionados y jubilados universitarios tienen derecho a los servicios médicos otorgados por el ISSSTE, los pensionados universitarios por seguro de retiro o de vejez, con nombramiento de medio tiempo o más al momento de su separación, podrán acceder a la Red Médica Universitaria, cubriendo un deducible del 20% por cualquier evento médico sin tope de deducible anual.

CUADRAGESIMA PRIMERA.- A la muerte del trabajador jubilado o pensionado, los derechohabientes del mismo registrados en la Red, no podrán seguir disfrutando de los beneficios de la Red Médica.

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