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Principios de derechos humanos

Principio pro persona: es decir, que cuando la autoridad tenga que optar por varias normas para aplicar ante una situación concreta, o cuando un texto normativo amerite diversas interpretaciones, deberá privilegiarse la que mejor favorezca a la persona.

Principio de universalidad: significa que el goce de los derechos humanos abarca a todas las personas por igual.

Principio de interdependencia: se traduce en que todos los derechos humanos se encuentran vinculados entre si, con el mismo valor. De esta manera, le corresponde al Estado organizar la aplicación integral de los mismos.

Principio de indivisibilidad: significa que los derechos humanos poseen un rango intrínseco a la persona; son inseparables de ella, de tal manera que al ejercerse uno de ellos, correlativaente se deriva el ejercicio de otros. Se trata de una interrelación que no es susceptible de separar.

Principio de progresividad: conlleva el desiderátum de ir siempre hacia adelante. Es decir, que el Estado se encuentre en una permanente búsqueda de ampliación de los derechos humanos y de los mecanismos de protección, a la luz de las necesidades imperantes del contexto o de las situaciones cambiantes de la realidad.

 

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